Los titulares de permisos de permanencia transitoria no podrán realizar actividades remuneradas. Excepcionalmente, podrán solicitar al Servicio una autorización para ejecutar dichas labores quienes requieran realizar actividades específicas y esporádicas, y que como consecuencia directa de éstas perciban remuneraciones o utilidades económicas en Chile o en el extranjero, tales como integrantes y personal de espectáculos públicos, deportistas, conferencistas, asesores y técnicos expertos.
Si el solicitante es el titular del trámite, deberá crear una cuenta en el siguiente link. En el caso que la postulación sea realizada por un tercero o apoderado, deberá ingresar con Clave única.
IMPORTANTE: La solicitud debe ser presentada al menos el día hábil anterior al comienzo de las actividades remuneradas y en horario laboral (lunes a jueves en horario de 08:00 a 17:00 horas y el día viernes en horario de 08:00 a 16:00 horas). De lo contrario, la fecha de la solicitud se considerará del día hábil siguiente.
El arancel del Autorización trabajo Permanencia transitoria corresponde al 150% del valor de la residencia sujeta a contrato dependiendo de su nacionalidad y el valor del día del dolar.
Para saber en detalle el valor, revisar el siguiente link.
IMPORTANTE: Todos los documentos solicitados deben ser en formato PDF, con peso máximo de 2Mb. Si necesita unir archivos pdf para subirlos como uno solo, puede usar sitios web como pdfjoiner y joinpdf.online.